Impuestos a los alimentos ultraprocesados en Colombia

alimentos ultraprocesados

¿Tiene negocios en el sector de alimentos y no sabe si le toca pagar los impuestos a los alimentos ultraprocesados en Colombia?

Tenga en cuenta que a partir del 1 de noviembre de 2023 entran en vigencia los impustos tanto para las bebidas azucaradas como para los alimentos definidos como ultraprocesados en Colombia. Este impuesto es aplicado si importa, procesa y/o comercializa los alimentos definidos en la pasada reforma tributaria (Ley 2277 de 2022 artículos 513 en adelante)

Como se mencionó en un artículo anterior, estos impuestos tendrán un incremento hasta el año 2025, por lo que es importante que revise si sus productos van a estar afectados y definda desde ya la estrategia tributaria para evitar una salida del mercado por el incremento en los costos.

Para ayudarle en este proceso, en M&E Asociados y Al Grano hemos creado esta guía para ayudarle con este proceso.

Paso 1: Revise si la partida arancelaria de su producto está incluida en la tabla definida en el estatuto tributario (artículo 513-6)

Para su comodidad, revise el listado (alimentos ultraprocesados). Tenga en cuenta que existe una tabla específica para bebidas azucaradas, aspecto que revisaremos en un próximo artículo.

También es importante que revise con mayor detalle cada producto que compone cada partida arancelaria, ya que cada una de ellas puede englobar varios productos o manejar uno en específico. Esto lo puede lograr revisando el decreto 1881 de 2021

impuestos saludables en Colombia

Una vez que realice esta revisión pueden pasar dos cosas:

  • Su producto no está en la tabla de partidas arancelarias. Esto quiere decir que su producto no es responsable de dicho impuesto
  • El producto está clasificado en la tabla de partidas arancelarias definidas en el Estatuto tributario. En este caso debe revisar si el producto cumple con los umbrales de sodio, azúcares añadidos y grasas saturadas para evitar el pago de este impuesto

¿No quiere pagar impuestos saludables en su empresa de alimentos?

En M&E Asociados y Al Grano le acompañamos en el diseño o la reformulación de sus productos para que cumpla con los umbrales de sodio, grasas saturadas y azúcares añadidos definidos por la resulucióin 810

Citas por WhatsApp Aquí

Paso 2: El hecho de que el producto tenga sellos frontales de advertencia no quiere decir que sea responsable del impuesto saludable

Tenga en cuenta que, precisamente la tabla posiciones arancelarias definidas en el estatuto tributario define qué productos son responsables del impuesto saludable. Por eso es clave que revise muy bien con su contador si el producto que usted fabrica está bien clasificado.

También es importante mencionar que algunos productos a pesar de que no tengan sellos frontales de advertencia, al estar incluídos en la tabla de partidas arancelarias definidas en el estatuto tributari,o pueden ser responsables del impuesto a los alimentos ultraprocesados, especialmente algunos productos que sean considerados materias primas.

Para mayor claridad sobre este asunto, la DIAN ha venido entregando una serie de circulares sobre doctrina que es importante que revise:

En esta doctrina de la DIAN queda claro que si usted como fabricante adquiere productos que tengan selllos frontales de advertencia y están en la tabla de partidas arancelarias definidas en el estatuto tributario, su proveedor le cobrará dicho impuesto.

Y si usted usa estos materiales para el procesamiento y elaboración de productos que también tienen sellos frontales de advertencia y están en la tabla de partidas arancelarias definidas en el estatuto tributario, también será responsable de dicho impuesto al momento de vender o retirar de inventario a nivel contable su producción.

Esto no aplica para las donaciones a bancos de alimentos, las cuales quedaron excentas de pagar este impuesto.

También es importante que tenga en cuenta que el impuesto saludable tanto para alimentos ultraprocesadas como para bebidas con azucaradas son deducibles de renta para el comprador como mayor valor del bien.

Cómo abordar el impuesto a los alimentos ultraprocesados en su empresa:

Si es procesador de alimentos, es muy importante que tenga al día su sistema documetal y especialmente sus procesos de trazabilidad y control de proveedores. Las principales acciones que debería tomar son las siguientes:

  • Fichas técnicas con validación analítica de cada una de sus materias primas para identificar cuáles son las que aportan sodio, grasas saturadas y azúcares añadidos en cada uno de los productos que procesa
  • Formulaciones validadas y con respaldo técnico científico . Tenga en cuenta que por resolución 810 la misma norma le exige tener al día tablas nutricionales y si es alimento priorizado por contenido de sodio según resolución 2013 de 2013 se le exige una certificación por primera parte por lote.
  • Control de proveedores.
  • Mayor rigurosidad en los procesos de diseño y formulación de nuevos productos.

Si es comercializador, con mayor razón debe revisar si sus proveedores cumplen con todos los requisitos en materia de tabla nutricional, sino también con el cumplimiento de factura electrónica.

Y si es importador, también es responsable de este impuesto, siendo lo más critico el requerir a sus fabricantes el cumplimiento de las exigencias en rotulado y etiquetado, así como el cumplimiento de certificación de primera parte de lote con respecto a umbrales de sodio (si es un producto priorizado).

Le ayudamos a cumplir con la normatividad sanitaria para alimentos en Colombia

Registro sanitario Invima, elaboración de tablas nutricionales y evaluación de sellos frontales de advertencia.<br>Diagnósticos sanitarios y evaluación de conformidad de proveedores

Citas por WhatsApp Aquí

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

error: Content is protected !!
Scroll al inicio